Jueves 11 de Enero de  2024
VAN 420 DENUNCIAS  

Colectivo pide reconocer y tipificar el acoso callejero en Querétaro

Debido a que el Código Penal sólo reconoce al acoso sexual, la activista e integrante de CLEIDH, Laura Santos, ve áreas de oportunidad para mejorar la tipificación del delito

Créditos: Moisés Pablo / Cuartoscuro
Escrito en QUERÉTARO el

El Código Penal del estado de Querétaro reconoce el acoso sexual, pero no el acoso callejero; por ello, la directora de Investigación en el Colectivo de Litigio Estratégico e Investigación en Derechos Humanos A. C. (CLEIDH), Laura Santos, declaró que existen muchas áreas de oportunidad en el marco jurídico e instó a reconocer y tipificar el acoso callejero. 

"Creo que en México y en Querétaro hay áreas de oportunidad para tipificar el acoso callejero como un delito y no sólo como una modalidad del acoso sexual; es el previo al tema de (acoso) sexual y creo que, si se trabaja, pudiera ser un acto preventivo a un delito mucho peor", explicó.  

En entrevista con Vía.Tres, expuso que la falta de pruebas genera que no se dé seguimiento a las denuncias que se presentan por acoso callejero. 

Además, la también defensora de los derechos humanos aseveró que otra área de oportunidad está en establecer penas en caso de reincidencias. Agregó que se debe de investigar desde el origen el por qué existe el acoso y qué lo provoca. 

"Se debe conocer la razón del acoso, puede ser por un tema cultural, un tema de salud mental o algo que incite a la sociedad a provocar el acoso; así se pueden bajar las reincidencias e incluso, éstas pueden ser mucho más penadas si ya se revisó el origen del problema y se sigue presentando", argumentó. 

Finalmente, añadió que el personal de las instituciones públicas debe capacitarse con perspectiva de género, con la finalidad de prevenir el acoso y mejorar la atención que brindan los servidores públicos encargados de atender este tipo de delitos.

"Las dependencias públicas necesitan capacitaciones en materia de perspectiva de género, para prevenir y actuar de forma correcta cuando sucedan este tipo de delitos", finalizó.

De acuerdo con la Organización No Gubernamental (ONG) Plan Internacional, el acoso y abuso callejero es la forma de violencia de género más normalizada; que se refleja en piropos, miradas insistentes, silbidos, comentarios no deseados e incluso persecuciones. 

Según el Código Penal del estado de Querétaro, en el Capítulo IV, Artículo 167 BIS, se define la conducta de acoso sexual como el acto físico o moral, que “con fines sexuales para sí o para un tercero, asedie a cualquier persona sin su consentimiento”; este ilícito está penado de uno a tres años en prisión, de 100 a 600 días multa y desde 100 hasta 850 días multa por concepto de reparación del daño. Sin embargo, no existe un apartado que tipifique o explique el acoso callejero.

En el estado de Querétaro, en el primer semestre del año el delito de acoso sexual acumuló 410 denuncias, representando un incremento de 20.2% en comparación con el mismo período del 2021, cuando se presentaron 341 denuncias, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

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