Viernes 12 de Enero de  2024
DERECHOS HUMANOS  

Por quemaduras que sufrió una recién nacida, DDHQ emite recomendación a la Secretaría de Salud de Querétaro

El pasado 19 de enero la menor fue expuesta a una lámpara de calor durante más de una hora, provocándole quemaduras de segundo y tercer grado en 9% de su cuerpo

Créditos: Archivo Cuartoscuro / Rashide Frias
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Escrito en QUERÉTARO el

La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió la recomendación (252) 5/2022 a la Secretaría de Salud del estado, luego de que una recién nacida fue expuesta a una lámpara de calor durante más de una hora, provocando quemaduras de segundo y tercer grado en 9% de su cuerpo.

En el documento, señala que se violaron los derechos humanos de protección de la salud, principio del interés superior de la niñez, integridad personal, afectación al proyecto de vida, información en materia de salud, libre consentimiento informado, legalidad y seguridad jurídica de la menor.

Así como los derechos a la información en materia de salud, al libre consentimiento informado, a la legalidad y seguridad jurídica de su madre, las cuales son atribuidas al Centro de Salud de Tolimán, de la Secretaría de Salud

La madre fue atendida por presentar un parto fortuito; personal médico detectó que la menor no presentaba una temperatura corporal adecuada.

“A pesar de contar con una cuna de calor radiante que se utiliza en estos casos para elevar la temperatura corporal de los bebés recién nacidos, se utilizó una lámpara de calor sin vigilancia por parte del personal médico durante más de una hora. Debido a esta negligencia médica, la recién nacida sufrió una quemadura del 9% de su superficie corporal de 2° y 3° grado en la región torácica anterior”, expuso la DDHQ.

Además, con base en la opinión técnico-médica que realizó la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Querétaro (CAMEQ) e información recabada por la DDHQ, una vez que se tuvo conocimiento de la quemadura por la larga exposición a la lámpara, no hubo un manejo adecuado de la lesión, “principalmente por no contar con los insumos necesarios para minimizar la afectación de la misma”.

La recomendación a la Secretaría de Salud de Querétaro plantea siete puntos: uno, solicitar y gestionar la inscripción de la agraviada (como víctima directa), sus padres y quienes acrediten ser víctimas indirectas, en el Registro Estatal de Víctimas, en un plazo que no exceda 45 días naturales.

El segundo punto es realizar las gestiones conducentes ante las instituciones competentes, para que la menor reciba el tratamiento médico correspondiente, de igual manera a las víctimas indirectas se les deberá brindar atención psicológica.

El tercero, colaborar con el Órgano Interno de Control y la Fiscalía General del Estado (FGE) en el procedimiento administrativo y la denuncia, iniciados en contra del personal médico involucrado y contra quien resulte responsable.

Mientras que el cuarto plantea iniciar un procedimiento ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas o ante la instancia que corresponda, para brindar las medidas de compensación.

El quinto es capacitar al personal del sector salud en materia de derechos humanos; el sexto, emitir una circular en la que se instruya al personal directivo y médico de dicha Unidad para que adopten las medidas necesarias que garanticen que los expedientes clínicos estén debidamente integrados.

Y por último, rendir un informe detallado a la DDHQ de las estrategias a seguir, los plazos para dar cumplimiento a cada una de las recomendaciones. La autoridad tiene 15 días naturales para notificar a la defensoría si acepta los términos de las recomendaciones.  

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