Jueves 11 de Enero de  2024
ANTES DE LA RECOMENDACIÓN DE LA CNDH

Recibe sólo amonestación pública maestro que abusó de una alumna en Querétaro; otras lo señalan

La CNDH concluyó que el profesor ejerció violencia docente, sexual, física, psicológica en agravio de la víctima, frente a las condiciones de vulnerabilidad en las que se desarrollaba la estudiante de secundaria 

Créditos: Ilustrativa / Archivo Agencia Cuartoscuro
Escrito en QUERÉTARO el

Solamente una amonestación pública fue la sanción que la Unidad de Servicios para la Educación Básica en el estado de Querétaro (Usebeq) dio al docente de secundaria que violentó sexual, física y psicológicamente a una alumna con la que mantuvo una relación sentimental por más de un año, y sobre quien pesan señalamientos de más estudiantes. 

Lo anterior, según se explica en la recomendación 241/2022 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), dirigida a la Usebeq y a la Fiscalía General del Estado (FGE) de Querétaro, instancias que fueron omisas ante este caso, que se investiga como estupro, en agravio de la víctima.

El Órgano Interno de Control de la Usebeq amonestó públicamente al docente por entablar contacto físico con cuatro alumnas; pero no logró acreditar las conductas de índole sexual, relacionadas con la víctima directa y que llevaron a la recomendación. Este procedimiento administrativo concluyó el 19 de diciembre de 2019, al determinar la amonestación pública.  

Por si fuera poco, la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) cerró el caso el 11 de noviembre del 2020, mediante un acuerdo de responsabilidad, en el cual tampoco se acreditaron las acusaciones de índole sexual, al carecer de elementos.

En tanto, la Fiscalía de Querétaro incurrió en omisiones al llevar a cabo las investigaciones relacionadas con la denuncia interpuesta por la víctima, con lo que dejó de observar el principio de interés superior de la niñez, según la CNDH. La carpeta inició en mayo de 2018 por el delito de estupro, el 4 mayo de 2021 concluyó la etapa de investigación complementaria; y, respecto a la carpeta judicializada, el 25 de mayo se presentó la acusación formal. 

Lo último del procedimiento judicial es que la audiencia de juicio oral estaba pendiente, al encontrarse en revisión un amparo que fue promovido por el maestro, el cual fue negado primero en junio del 2022 por el juzgado de distrito, pero por parte de un Tribunal Colegiado de Circuito todavía estaba en revisión en septiembre pasado.

Tras el análisis de los hechos, la CNDH concluyó que el profesor ejerció violencia docente, sexual, física y psicológica en agravio de la víctima, al tener conocimiento de las condiciones de vulnerabilidad económica, sociales y familiares en las que se desarrollaba la que fuera su estudiante. 

En un comunicado, la Usebeq se limitó a mencionar que acepta la recomendación en los términos de la ley, lo cual incluye medidas de rehabilitación, de compensación económica, de no repetir las conductas, reapertura del expediente administrativo, entre otras.

La Fiscalía no ha dado una respuesta pública a la recomendación. A este organismo, señala la CNDH, le competen capacitaciones en perspectiva de género, de niñas, niños y adolescentes, así como valorar la reposición del Juicio Oral Penal Acusatorio.

Según datos de la Usebeq, publicados por Vía.Tres en septiembre de 2022, el acoso sexual y laboral no son prácticas que se hayan sancionado en la institución educativa, pues no fue despedido ninguno de los 45 trabajadores o docentes señalados entre 2018 y el año pasado. Solamente 20% fue suspendido.

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