Jueves 11 de Enero de  2024
EXISTE PRÓRROGA VIGENTE

Transportistas de Querétaro, en apuros por nuevo trámite fiscal

La medida de emitir la llamada Carta Porte busca dar certeza legal y evitar el contrabando y robo, pero les ha complicado su llenado

Escrito en QUERÉTARO el

El presidente de la Asociación de Fiscalistas de Querétaro (AFEQ) Carlos Mario Mejía Cruz, advirtió que en el estado hay resistencia por parte de los transportistas para cumplir con la nueva disposición fiscal de tener consigo la Carta Porte.

Desde el pasado 1 de enero entraron en vigor las modificaciones a la resolución miscelánea fiscal 2021, qué prevé para la movilidad de mercancías en el país documentos como facturas y el complemento Carta Porte para acreditar no sólo la posesión legal de las mercancías, sino también que existe un contrato para el transporte de las mismas.

Sin embargo, el sector transportista ha mostrado rechazo y resistencia a la medida porque consideran el proceso un trámite burocrático tardío, además de que constantemente presentan errores en el llenado. 

Ante la existencia de estas fallas y omisiones en el llenado de la Carta Porte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contempló un plazo de transición del 1 de enero al 30 de septiembre de este año para que los propietarios de mercancías se pongan al corriente y realicen como es debido el llenado del formato.

Para el fiscalista la medida es una buena opción para contrarrestar varios delitos, por lo que los transportistas deberán adecuarse.

“No hay pretexto los transportistas deben de llevar su carta porte y existe una ventana de oportunidad, pueden llevar errores, se puede haber equivocado en el llenado, a partir de qué terminemos la prórroga al 30 de septiembre tendrá que llenarse de manera adecuada y de manera correcta”, comentó.

La carta porte debe de llevar entre otras cosas; el origen y destino de las mercancías, la razón social de la empresa proveedora y del cliente al que se le llevará la carga, la cantidad de producto, quien la recibe, datos del operador de la unidad, tipo de embalaje y valor de los productos o artículos.

Con ello se tendrá certeza legal de contrato de transporte, y que las mercancías tienen un legítimo propietario, para evitar el contrabando y el robo.

“La carta porte lleva a esos alcances en el traslado; nadie queremos que nos detengan, que nos incauten la mercancía, que tarde en llegar, desgraciadamente así están los lineamientos y tenemos que estar seguros ; el empresario de que dio esa mercancía, el transportista de que la subió y entonces el propietario debe verificar que la carta porte diga lo que señala que debe de llevar”, comentó Carlos Mario Mejía Cruz.

La Guardia Nacional, así como el personal del SAT podrán realizar revisiones aleatorias al autotransporte de carga en casetas carreteras y puentes fronterizos, así como también a las mercaderías que entran por el aeropuerto y los puertos, para revisar su estatus legal.

De no contar con este documento se pueden aplicar multas de hasta los 17 mil pesos, las cuales deberán ser cubiertas en su totalidad por el operador; a partir del 1 de octubre si una carga no cuenta con este complemento las multas serán de 400 a 600 pesos.