Por encima de procesos judiciales contra sujetos denunciados por delitos de lesiones dolosas a mujeres, ministerios públicos y tribunales en el estado de Querétaro privilegian la reparación del daño, con acuerdos insuficientes que no rebasan pagos de 5 mil pesos y no contemplan las afectaciones emocionales o psicológicas ocasionadas a las víctimas.
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De acuerdo con Marlene Martín Rico, abogada del equipo jurídico Las Temis, la mayoría de las veces los jueces determinan como reparación del daño sólo el pago de los medicamentos; en ocasiones incluso no se imponen pagos si se considera que las lesiones no fueron de gravedad, y el acuerdo se limita a que ambas partes “no se molesten”.
"Como reparación del daño generalmente son los medicamentos que se puedan comprobar, por ejemplo, si te dieron naproxeno y paracetamol para que se te baje la hinchazón y lo demás era fomento con agua caliente, nada más te pagan los medicamentos", mencionó en entrevista para Vía.Tres.
Refirió que "en términos generales, la cantidad más alta que yo he visto es de 5 mil pesos y eso porque el tipo le rompió el piano con el que ella trabajaba y le fijaron 5 mil pesos por reparación del piano. Le dejó muy lastimado los dedos con los que ella trabajaba, como era pianista, y eso no lo consideraron en la reparación del daño".
Se establecen acuerdos reparatorios para agilizar procesos: TSJ
Por su parte, la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia del estado de Querétaro (TSJ), Mariela Ponce Villa, afirmó que en los delitos de lesiones dolosas contra las mujeres se llega a acuerdos reparatorios porque así lo establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, con la finalidad de establecer mecanismos alternativos para la resolución de conflictos.
"No se trata de quién es la parte víctima, el Código Nacional de Procedimientos Penales, incluso desde la Constitución, nos dice que en los delitos de menor impacto se pueden llevar a cabo mecanismos alternativos en la resolución de controversias y cuando los fiscales reciben denuncias y querellas por estos delitos derivan a mecanismos alternativos para que traten de llegar a un acuerdo", precisó.
Ponce Villa aseguró que llegar a acuerdos reparatorios "no es obligatorio, no es impositivo"; pero explicó que, si las partes dialogan y aceptan los acuerdos a los que llegan, el caso se concluye.
Por lo anterior, la magistrada añadió que es más rápido desahogar los casos bajo este método alternativo en las resoluciones de las denuncias por lesiones dolosas; además de que se garantiza la reparación del daño.
"Es más rápido desahogarlos, porque siempre se privilegia el pago de la reparación del daño, sino se paga la reparación del daño que esté acreditada ningún fiscal y ningún juez va a aceptar o tener como válido un acuerdo reparatorio. Y eso también es un beneficio de las víctimas", dijo.
Finalmente, la magistrada presidenta del TSJ dijo que los casos tardan en promedio de dos a tres meses para que se puedan solucionar, aunque aseguró que existen casos que pueden concluir al día siguiente que se cometió el hecho.
Las lesiones dolosas siempre pueden escalar
Para la abogada Marlene Martín Rico, las lesiones dolosas contra las mujeres se hacen con la intención de hacer un daño y corresponde a violencia de género que puede escalar a violencia feminicida. "Se tiene que tratar con perspectiva, porque cuando hablas de lesiones contra mujeres es el punto medio de la agresión contra las mujeres y el siguiente paso es el feminicidio", apuntó.
Insistió en que las lesiones dolosas en Querétaro no se judicializan debido a que se llegan a estos acuerdos reparatorios; los cuales corresponden principalmente a casos de violencia de familiar que no es tipificada como tal, sino bajo el tipo penal de lesiones dolosas.
“Lo que está sucediendo ahora con la cantidad de acuerdos reparatorios es que las deja en estado de indefensión; porque, para empezar, lleva un lenguaje como si ambos tuvieran una corresponsabilidad en el acto, como si ambos fueran culpables; por lo tanto, no se reconoce la asimetría que existe entre hombres y mujeres”, apuntó.
Precisó que en la violencia familiar la autoridad está impedida a establecer acuerdos reparatorios; porque en estos casos, aseguró, debe reconocerse la asimetría de poder entre la persona en situación de violencia y el agresor. Además, las mujeres no cuentan con herramientas suficientes para poder pagar una defensa, lo que incide que se acepten estos acuerdos.
Alta incidencia de lesiones dolosas en Querétaro
Querétaro se encuentra dentro de los diez primeros estados con mayores índices del delito de lesiones dolosas hacia las mujeres; de acuerdo con el último reporte del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), los casos no se judicializan.
Durante los meses de enero y febrero, en la entidad se registraron 316 mujeres víctimas de lesiones dolosas, que colocan a la entidad en el lugar nueve entre las 32 entidades del país.
La cifra lo posiciona en el tercer lugar a nivel nacional en proporción, con una tasa de 26.4 casos por cada 100 mil habitantes, solo por debajo del estado de Campeche, que ocupa el primer lugar nacional con una tasa de 58.1, y de Guanajuato, que reporta una proporción de 29.1 casos.