En el congreso de Puebla fue aprobada en comisiones de Procuración y Administración de Justicia la llamada Ley Monzón -nombrada así tras el homicidio de la activista Cecilia Monzón--, la cual establece varias al Código Civil y al Código Penal del Estado de Puebla, en materia de pérdida, suspensión y modificación de la patria potestad en los casos de feminicidio.
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La pretensión de la reforma en cuestión es que tras hechos como esos en donde uno de los padres se ve involucrado en un delito se pueda garantizar certeza jurídica y atender el interés superior de la niñez.
De acuerdo con lo escrito en el dictamen cuando esta ley ya se apruebe por completo se suspenderá la patria potestad cuando el titular sea condenado por el delito de feminicidio, o exista un auto de vinculación a proceso dictado por el delito de feminicidio o su tentativa en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes.
También se estableció que, en beneficio de las niñas, niños y adolescentes, el juez puede modificar el ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia cuando se tenga decretada judicialmente, en caso de que exista un auto de vinculación a proceso dictado por el delito de feminicidio o su tentativa en contra de la madre de las y los menores.
Ante esta realidad se pretende que los menores tengan un desarrollo integral, sin violencia y en un entorno que les permita, en la medida de lo posible, poder vivir y desarrollarse plenamente.