El director de Normatividad y Regulación Comercial, Enrique Guevara Montiel, reveló que con las reformas al Código Reglamentario Municipal (Coremun), que están por aprobarse en Cabildo, el Ayuntamiento aplicará sanciones de entre nueve mil 622 y 38 mil 488 pesos para salones sociales que expendan alcohol a menores de edad.
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El funcionario municipal explicó que los salones sociales donde haya venta o consumo de alcohol a menores de edad serán clausurados de inmediato, a raíz de lo ocurrido en el salón Country de San Manuel donde estudiantes de secundaria y preparatoria resultaron intoxicados.
El regidor Fernando Sarur detalló que los salones sociales deben tramitar las licencias correspondientes para poder operar, además de que deberán solicitar INE a los asistentes y tendrán que informar sobre el número de boletos en venta debido a que tienen que pagar una contribución monetaria por cada persona.
De acuerdo con el dictamen aprobado por la Comisión de Seguridad Ciudadana municipal, cuando un establecimiento realice o sea utilizado por un tercero bajo arrendamiento para llevar a cabo un evento público en el que exista la venta de alcohol o venta de entradas, éste deberá obtener una autorización previa, según el rubro “espectáculos públicos”.
En dichos eventos estará prohibido el acceso a menores de edad en caso de que exista de por medio consumo o venta de alcohol o inclusive cuando las bebidas embriagantes estén incluidas en el costo de la entrada, por lo que únicamente estará permitido el ingreso de menores de edad cuando no haya venta de bebidas alcohólicas.
Lo anterior quedó asentado en la modificación al articulo 615 del Coremun que expresa lo siguiente:
Los establecimientos a que se refiere el presente capítulo tienen prohibido:
"VII. Permitir la entrada de menores de edad a los establecimientos señalados en las fracciones V,VI,IX, segundo párrafo de la fracción XII, XIII y XIV del artículo que enumera a los establecimientos para efectos de este capítulo. De igual manera, está prohibido el acceso a menores de edad a cualquiera de los establecimientos a que se requiere este capítulo, si se encuentran en estado de embriaguez o bajo el efecto de enervantes, estupefacientes, psicotrópicos”.
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