Una pena de hasta cuatro años de prisión se dará a quienes operen centros de salud mental y anexos que no cuenten con los permisos correspondientes, de acuerdo con lo recientemente aprobado por el Congreso del Estado.
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Con una mayoría de votos se aprobó esta regulación que fue iniciativa del gobernador del estado, Miguel Barbosa Huerta, mismo que propuso modificar el artículo 258 Bis del Código Penal.
La iniciativa contempla sanciones para todas aquellas personas que operen las clínicas antes mencionadas, así como a quienes sean dueños de las mismas y no cuenten con los lineamientos necesarios.
Lo anterior también aplicará para quienes no tengan licencia de funcionamiento y no estén registrados ante el Comité Nacional contra las Adicciones, pues lo que se pretende es combatir la operación de centros clandestinos.
Y es que en los últimos meses se han registrado diversos casos donde han muerto personas debido a la falta de condiciones para su rehabilitación, o bien por negligencias.
Cabe mencionar que también habrá sanciones económicas, mismas que van de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, cuatro mil 811 pesos a 19 mil 244 pesos.
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