Miércoles 16 de Abril de  2025
QUE NO SE TE PASE

Esto te deben pagar si trabajas Jueves y Viernes Santo

Te diremos si el Jueves y Viernes Santo son parte de los días de descanso obligatorio en México.

Esto te deben pagar si trabajas Jueves y Viernes Santo.Esto dice la ley.Créditos: Especial.
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Mañana comenzarán las vacaciones para muchos estudiantes y trabajadores, no obstante, habrá empleados que se vean obligados a laborar normalmente. En ese caso, ¿sabes cuánto te deben pagar el Jueves y Viernes Santo?

En México, el Jueves y Viernes Santo no son días de descanso oficial establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, muchas empresas y dependencias gubernamentales otorgan estos días como parte de sus políticas internas o por tradición religiosa.

Si trabajas durante estos días, no es obligatorio que te paguen doble o extra, ya que no están considerados como feriados oficiales. No obstante, si tu empresa los considera como días de descanso y aun así te solicita laborar, sí podría corresponderte un pago adicional, dependiendo del acuerdo interno o contrato colectivo.

¿Cuáles son los días de descanso oficial en México?

La LFT en México establece una serie de días de descanso obligatorio, en los que los trabajadores tienen derecho a no laborar y, en caso de hacerlo, deben recibir pago doble adicional. Estos son:

  • 1 de enero – Año Nuevo
  • 5 de febrero – Día de la Constitución (se recorre al primer lunes de febrero)
  • 21 de marzo – Natalicio de Benito Juárez (se recorre al lunes más cercano)
  • 1 de mayo – Día del Trabajo
  • 16 de septiembre – Día de la Independencia
  • 20 de noviembre – Día de la Revolución (se recorre al lunes más cercano)
  • 1 de diciembre cada seis años – Cambio de Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre – Navidad
  • El lunes siguiente al 1 de octubre cada seis años – Transición del Poder Ejecutivo estatal (en algunos estados)

J.R