Hasta este domingo y desde la entrada en vigor del llamado Plan B de la Reforma Electoral, diversas organizaciones políticas y ciudadanas, instituciones y municipios ya interpusieron impugnaciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); ya suman casi una decena de recursos contra la primera parte del paquete de reformas.
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Desde el 1 de marzo, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió la controversia que promovió el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la Ley de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, como parte de dicho primer bloque del Plan B.
Pérez Dayán a dio entrada a siete controversias más promovidas por los municipios de Naucalpan y Cuautitlán Izcalli, en Estado de México; Matamoros, Monclova y Sierra Mojada, de Coahuila, así como Comonfort y Guanajuato, de Guanajuato.
En dichos casis, el jurista no otorgó la suspensión que las demarcaciones solicitaron para frenar dichas leyes en sus territorios, pues se trata de normas generales. A dichas impugnaciones se suma una más promovida por el municipio de Chihuahua, las cual también fue admitida hace unos días.
Respecto del trámite promovido por las autoridades electorales, la Suprema Corte consideró que las reformas aplicadas sí implican una “violación directa” a las funciones del INE en su calidad como un órgano constitucional autónomo. Frente a ello, el ministro Pérez Dayán suspendió dichos preceptos para que no sean aplicados en los próximos comicios electorales a celebrarse en el Estado de México y Coahuila este 2023. También, concedió un plazo de 30 días hábiles para que el Poder Ejecutivo o Legislativo presenten una respuesta.
Sin embargo, frente al trabajo del ministro, la Presidencia de México lo acusó de hacer un “fraude a la Constitución”. Por medio de un comunicado de prensa, la oficina anunció que —a través de la Consejería Jurídica— impugnó la decisión de Pérez Dayán tras suspender la aplicación de las reformas generales a la Ley de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en los estados de Coahuila y Edomex.
“Los juzgadores, como todas las autoridades del Estado, están obligados a fundar y motivar sus decisiones, por lo que el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes al tramitar los medios de control constitucional, pues la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas o personales”, comunicó la Presidencia.
El primer partido en promover su inconstitucionalidad fue Movimiento Ciudadano, el pasado viernes 3 de marzo, cuando el dirigente nacional, legisladores y militantes acudieron a las oficinas de la SCJN para presentar sus documentos.