En la entidad poblana quedaron prohibidas las denominadas "terapias de conversión" pues a consideración de los diputados del Congreso local se violan los derechos humanos y no se promueve la libertad para practicar la sexualidad de cada individuo.
Con 33 votos a favor y siete abstenciones, el Congreso del Estado aprobó sanciones para quienes promuevan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica con o sin fin de lucro que busque influir sobre la sexualidad de una persona.
El tema generó polémica en la última semana entre colectivos de diversidad sexual y asociaciones de familias, por lo que este día se marcó un precedente en la entidad al aprobarse sanciones que van de uno a tres años de prisión y de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida (UMA).
Pese a que la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Mónica Rodríguez Della Vecchia presentó una reserva para proponer que la iniciativa fuera regresada a comisiones para su análisis y detalle a fondo, los diputados se pronunciaron en contra por lo que fue desechada.
Tras la aprobación, los integrantes de la comunidad LGBTTTI en compañía del diputado Carlos Evangelista celebraron que de hoy en adelante se sancionen las "terapias de conversión", con lo que no se incurrirá en violaciones a los derechos humanos.
De manera jurídica se reformó el libro segundo denominado “Delitos contra el libre desarrollo de la sexualidad, expresión e identidad de género”, entre otros capítulos del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.