Sábado 20 de Enero de  2024
NO HABRÁ TOLERANCIA

Diputados aprobaron reformas que permiten la destitución del titular de la ASE

Entre las causales de remoción está mostrar parcialidad en la fiscalización, incurrir en faltas administrativas graves, ausentarse un mes sin aviso

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Escrito en PUEBLA el

Con las reformas a la Constitución Política del Estado de Puebla en materia de combate a la corrupción y fiscalización superior, el Congreso local ya cuenta con mecanismos para la destitución del titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE) en caso de faltas graves.

La iniciativa fue presentada por el gobernador, Luis Miguel Barbosa Huerta y radica en crear una Unidad Técnica de Vigilancia, misma que será integrada por seis personas especialistas en la materia quienes vigilarán el actuar del titular. 

En este sentido la presidenta de la Comisión Inspectora, Olga Lucía Romero Garci-Crespo, comentó que se tendrán que nombrar o ratificar a los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la vigencia del presente decreto.

Cabe hacer mención que el Poder Legislativo tiene 60 días como máximo para expedir las leyes y demás ordenamientos conforme a lo dispuesto en dicha aprobación. 

La presidenta de la comisión de gobernación y puntos constitucionales, Mónica Silva Ruiz dijo que esto es parte de una homologación, ya que a raíz de la libre configuración que tienen los Congresos se está en la posibilidad configurar de la forma que crean correcta. 

 

"El titular de la ASE estará monitoreado por la Unidad Técnica de Vigilancia que será la responsable de revisar el desempeño del auditor generando pesos y contrapesos" 

Mónica Silva Ruiz, presidenta Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales 

 

Entre las causales de remoción destacan las siguientes: contravenir los principios a los que se debe ajustar la función de fiscalización, no satisfacer los requisitos o actualizar los supuestos de prohibición establecidos, ausentarse de sus labores por más de un mes sin aviso o autorización, abstenerse de presentar informes previstos en la ley, conducirse con parcialidad en el ejercicio la función de fiscalización, incurrir en faltas administrativas graves, entre otras. 

En caso de darse una situación similar a las anteriores el Congreso del Estado procederá a la remoción inmediata.