La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado una advertencia a algunos de los contribuyentes que deban de cumplir con esta obligación fiscal antes del 17 de julio, de lo contrario puede ser motivo de eliminación del régimen social en el que te encuentras, el aumento de tu monto a pagar en tu próxima declaración anual.
De acuerdo con lo dado a conocer por el SAT a través de sus cuentas oficiales, esta es una obligación que algunos trabajadores con determinados regímenes fiscales deben de presentar, sí o sí. Te contamos quienes deben de hacer este trámite y cómo.
¿Quiénes deben presentar esta obligación fiscal ante el SAT antes del 17 de julio?
Los contribuyentes que deben de presentar esta obligación fiscal son las personas físicas incorporadas al Régimen Fiscal de Confianza (RESICO), o al de Trabajadores independientes. Se trata de una declaración provisional o definitiva, que se presenta al mes, bimestre, trimestre o semestre dependiendo de tus ingresos.
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Este trámite se puede realizar en línea a través del portal del SAT. Para ello, debes de contar con tu e.firma. Esta es fecha límite que tienes para realizar la declaración provisional o definitiva, de acuerdo al sexto dígito de tu RFC:
- 1 y 2 - Tras el 17 del mes en curso, tienes hasta el día siguiente para presentar tu declaración a tiempo
- 3 y 4 - Tras el 17 del mes, tienes dos días más hábiles
- 5 y 6 - Tras el 17 del mes, tienes tres días más hábiles
- 7 y 8 - Tras el 17 del mes, tienes cuatro días más hábiles
- 9 y 0 - Tras el 17 del mes, tienes cinco días más hábiles